Como cada año, los contribuyentes deben presentar su declaración anual dentro del plazo marcado por las autoridades, y es para aquellas personas morales que la cuenta regresiva ya comenzó, por lo que antes de que finalice marzo deberán cumplir con esta obligación fiscal.

Al presentar la declaración anual al Servicio de Administración Tributaria (SAT) es muy importante tener clara toda la información, ya que si no se realiza bien este procedimiento conllevará a multas y/o revisiones por parte de la autoridad; y para este año las personas morales tendrán que estar atentas a los cambios que se realizaron para la declaración anual de impuestos.

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Juan Pacheco, socio director de la firma de contadores públicos y consultores de negocios De la Paz Costemalle – DFK, resalta que el formato para la declaración de impuestos de las personas morales recibió modificaciones; y señala los siguientes puntos que debes tener en cuenta para éste y próximos ejercicios fiscales:

  • Hay nuevas obligaciones que se tienen que atender en esta declaración anual 2021, como una llamada declaración anticipada y se tiene que presentar tres meses después de que se termine el ejercicio fiscal, y es para aquellas personas morales que dieron por terminada su operación.
  • También otra es la declaración anual por el periodo de liquidación, aquellos contribuyentes que se hayan liquidado en 2021 y que se tenía que presentar a más tardar el 17 de enero del año siguiente, ya pasó esa fecha para los que liquidaron en 2021.
  • Otra es la declaración final del ejercicio de liquidación y se presenta durante el mes siguiente que se termina la liquidación de la sociedad, por ejemplo, si se dio en diciembre de 2021, tendrías que presentarla durante enero de 2022, y así sucesivamente.

«Éstas son tres nuevas declaraciones 2021 que tienen la obligación de presentar y son declaraciones que aplican a casos muy específicos, pero que es necesario tenerlo en cuenta. Normalmente cuando la autoridad establece nuevas obligaciones para los contribuyentes éstas son permanentes», menciona el experto fiscalista.

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También señala que hay cambios en el llenado de la declaración en pantalla, como en el apartado de sueldos, salarios y asimilados, porque se determina el subsidio disponible para su aplicación, y por ello aparece un nuevo campo en el sistema en la declaración precargada que indica el saldo disponible que se puede utilizar.

Hay una mejora también en la pantalla, específicamente en los gastos, ya que se precargan los montos deducibles de honorarios y arrendamiento pagados a personas físicas con base en las retenciones declaradas y efectivamente pagadas en provisionales.; y en caso de que el contribuyente considere que no cumple los requisitos de deducción podrá modificar o disminuir el monto en su totalidad.

Por último, Pacheco comparte siete recomendaciones para las personas morales al momento de realizar y presentar su declaración anual:

  1. Verifica que la contabilidad correcta sea apegada bajo las Normas de Información Financiera.
  2. Depura la balanza de comprobación.
  3. Ten previsto los ajustes fiscales al cierre del ejercicio.
  4. Revisa el CFDI contra lo que tiene el SAT.
  5. Ver que se ha presentado y/o declarado ante la autoridad y hacer la comprobación y en caso de ser necesario realizar declaraciones complementarias con el tiempo suficiente para que se actualice la información que se precargará en el aplicativo de la anual.
  6. Revisa el CFDI de nómina para poder validar la información precargada en el aplicativo.
  7. Revisar las obligaciones corporativas. Es importante validar las obligaciones ya que es el soporte documental de todas las operaciones realizadas en el ejercicio.

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