La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) y el Departamento de Transporte de los Estados Unidos acordaron la creación de un grupo de trabajo bilateral para dar seguimiento al autotransporte transfronterizo entre ambos países, así como a trámites de licencias.

En una reunión en la Ciudad de México, funcionarios de ambos países explicaron que también se busca verificar la documentación que portan los conductores del autotransporte fronterizo, como las licencias.

Además, se dará especial atención a los protocolos de generación de información en el caso de eventualidades en la operación del autotransporte transfronterizo; asimismo, señalaron que el objetivo es fortalecer la seguridad vial y la operación de los sistemas de consulta.

Asimismo, el encuentro se da en el marco del Memorándum de mutuo reconocimiento de licencias entre ambas naciones; dicho Memorándum la Administración Federal para la Seguridad de Autotransportistas y la Dirección General de Autotransporte Federal.

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Mejorar procesos de licencias internacionales

En la reunión, los funcionarios también acordaron además revisar y mejorar los procesos de emisión y consulta de las licencias comerciales de los operadores del autotransporte fronterizo.

Además, cabe mencionar que, de acuerdo con la SICT, los operadores del autotransporte transfronterizo pueden tramitar la licencia federal de conductor en su modalidad internacional en las siguientes categorías:

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  • Categoría «A». Autoriza a conducir vehículos destinados para la prestación del servicio de autotransporte federal de pasajeros, para el transporte privado de personas; excepto en la modalidad de transporte de o hacia puertos marítimos y aeropuertos federales y turismo en la modalidad de chofer-guía.
  • Categoría «B». Autoriza a conducir vehículos del servicio de autotransporte federal de carga, además de transporte privado de carga, en sus diferentes modalidades, excepto los doblemente articulados; así como también los que transportan materiales, residuos, remanentes y desechos peligrosos.
  • Categoría «C». Autoriza a conducir vehículos de dos o tres ejes (rabón o torton) del servicio de autotransporte federal de carga en sus diferentes modalidades; y para el transporte privado de carga en sus diferentes modalidades, excepto los que transportan materiales, residuos, remanentes y desechos peligrosos.
  • Categoría «D». Autoriza a conducir vehículos del servicio de autotransporte federal de turismo en su modalidad de chofer-guía.
  • Categoría «F». Autoriza a conducir vehículos del servicio de autotransporte federal de pasajeros de o hacia puertos marítimos y aeropuertos federales.

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