Diputados buscan que la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transporte (SICT) obligue a permisionarios de vehículos de carga, pasaje y turismo a realizar pruebas para detectar el consumo de alcohol y narcóticos por parte de operadores. 

Cuatro legisladores del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) propusieron la creación del artículo 37 Bis en la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.

Esto, para que las empresas del autotransporte federal estén obligadas a realizar exámenes toxicológicos y de alcoholemia a sus operadores, con un calendario definido por la SICT. 

Los permisionarios de vehículos de carga, pasaje y turismo deberán realizar a cada uno de sus conductores de forma aleatoria, cuando así lo determine la Secretaría, pruebas que permitan determinar la ingesta de bebidas alcohólicas y/o narcóticos”.

El artículo 37 Bis expone que la SICT debe incluir otros exámenes para garantizar que los operadores «se encuentren en condiciones de salud óptimas para iniciar su jornada laboral mediante el procedimiento que para tal efecto establezca Secretaría y los lineamientos específicos». 

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Lo anterior es parte de una propuesta que busca reducir los accidentes viales en las que el factor humano (operadores) es el responsable, la cual también consiste en seis reformas a la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial (LGMSV)

Una LGMSV con mayor enfoque en detectar el consumo de alcohol y narcóticos entre operadores

En cuanto a las reformas a la LGMSV, planteadas por los diputados Eunice Monzón García, Karen Castrejón Trujillo y Luis Edgardo Palacios Díaz, son las siguientes: 

Artículo 43. Del servicio de transporte público

Añade que las autoridades competentes deberán aplicar a cada uno de sus conductores, de forma aleatoria, pruebas para determinar la ingesta de bebidas alcohólicas y/o narcóticos. 

También les pide practicarles “otros exámenes” para garantizar que los operadores se encuentran en condiciones de salud óptimas para realizar su labor. 

Esto será mediante un procedimiento que determine el Sistema Nacional de Movilidad y Seguridad Vial. 

Artículo 45. Instrumentos de control de operación del transporte. 

Añade que, las autoridades competentes deberán definir los instrumentos que se usen para el control de la ingesta de alcohol y narcóticos. 

Artículo 49. Medidas mínimas de tránsito 

Esta reforma incluye a la federación en la obligación de realizar pruebas de alcoholemia de forma permanente a los operadores. 

La LGMSV vigente establece que es obligación de las entidades federativas y los municipios. 

Artículo 51. De la acreditación y obtención de licencias y permisos de conducir. 

La LGMV ya establece que, las autoridades competentes, podrán quitar las licencias de conducir a los operadores del transporte público y de carga. 

Sin embargo, la reforma propone precisar que la licencia será retirada a personasconductoras de transporte particular, de transporte público, de transporte de pasajeros y de transporte de carga”. 

Artículo 71. SICT 

A las atribuciones de la SICT de vigilar el cumplimiento de la regulación de los periodos de descanso de los operadores, añade: 

Determinar la ingesta de bebidas alcohólicas y narcóticos, así como otros exámenes para garantizar que se encuentran en condiciones de salud óptimas para iniciar su jornada laboral”.

Artículo 73. Secretaría de Salud

A las atribuciones de esta dependencia incluye: 

En coordinación con el Sistema Nacional de Movilidad y Seguridad Vial, fijar el número y periodo de realización de las pruebas para determinar la ingesta de alcohol y narcóticos en operadores del transporte particular, público, de pasajeros y de carga. 

La iniciativa con las distintas reformas, presentada la semana pasada, fue turnada a las comisiones de Movilidad y de Comunicaciones y Transporte de la Cámara de Diputados. 

En su exposición de motivos, los diputados reconocen que ya se ejecutan una serie de medidas que prohíben el consumo de alcohol y narcóticos a los operadores y conductores de vehículos particulares. 

Sin embargo, sostiene que a pesar de todos los esfuerzos, siete de cada 10 accidentes de tránsito, están relacionados con el consumo de alcohol, de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi). 

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